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Alcaldía prohíbe la venta de bebidas en envases de vidrio dentro la Plaza del Centenario y el Centro histórico de Ciénaga

El mandatario de los cienagueros en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por, el literal B del artículo 91 de la Ley 136 de 1994 modificado por la ley 1551 de 2012, artículo 86 de la Ley 1801 de 2016 y Decreto 120 de 2012 modificado por el Decreto 660 de la Alcaldía De Ciénaga-Magdalena.

Que el Municipio de Ciénaga-Magdalena, celebrará el presente año el Festival Nacional de Música con Guitarra “Guillermo De Jesús Buitrago” en su versión 25, como expresión con el propósito de preservar el sabor de la guitarra del “Jilguero y Trovador” Guillermo de Jesús Buitrago que sigue presente no solo en el festival y en la vida de los Cienagueros, también en la de los colombianos, el cual se llevará a cabo los días 25 al 27 de noviembre de 2022.

Y con el fin de salvaguardar la seguridad de artistas, participantes y el público en general asistentes al evento hace necesario tomar medidas especiales restrictivas por lo que se prohibirá el expendio, transporte y consumo de bebidas alcohólicas y no alcohólicas en el marco de la plaza Del Centenario y su área de influencia.

En mérito de lo expuesto, DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: PROHIBIR, a los establecimientos de comercio ubicados en el marco de la Plaza del Centenario, Centro Histórico, comprendido: Entres la calle 14 a la calle 8 y entre la carrera 9 a la carrera 17, la venta de bebidas alcohólicas y no alcohólicas en envases de vidrios. Parágrafo 1: Prohíbase, al público en general el transporte y consumo de bebidas embriagantes, refrescos y similares en envases de vidrio en el área restringida indicada en el presente artículo.

Además, La Policía Nacional vigilará el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.

ARTICULO SEGUNDO: Las disposiciones establecidas en el Decreto Municipal 120 de 2012 modificado por el Decreto 660 de 2016 quedan vigentes. ARTICULO TERCERO: Vigencia.

El presente Decreto rige del: 25 al 27 de noviembre de 2022. ARTICULO CUARTO: Envíese copia del Acto Administrativo a la Policía Nacional, Autoridades Militares, Miembros del Consejo Municipal para la Gestión de Riesgos de Desastres y a la Oficina Asesora de Comunicación y prensa para la difusión del presente Decreto. Dado en el Municipio de Ciénaga-Magdalena a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil veintidós (2022).

Lea aquí el decreto: bit.ly/3iihAks

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