Te explicamos qué debes tener en cuenta, en el nuevo decreto emitido por la Alcaldía de Ciénaga

Por medio del cual se Acatan las disposiciones e instrucciones impartidas por el gobierno nacional en el decreto número 1076 del 28 de julio del 2020 y se dictan otras medidas para la conservación del orden público la preservación de la vida y la salud en el municipio de ciénaga Magdalena como consecuencia de la declaratoria de pandemia mundial por la propagación del covid-19

decreto número 2 16 de Julio 31 del 2020

Toque de Queda

Toque de queda en toda la jurisdicción del municipio de ciénaga, a partir del 01 de agosto hasta el 01 de septiembre del 2020. En consecuencia, queda prohibido la libre circulación de personas en los siguientes horarios; de lunes a viernes entre las 7 de la noche a las 5 de la mañana del día siguiente. Sábados y domingos a partir de las 2:00 pm del día sábado hasta las 5 de la mañana del día lunes.

Ley Seca

Prohibir la venta consumo y distribución de bebidas embriagantes las 24 horas en jurisdicción del municipio de ciénaga, a partir de las 6 de la mañana del día primero de agosto del 2020, hasta las 11:59 del día 01 de septiembre del 2020

Estaciones de Servicio o Gasolineras

por su parte las estaciones de servicio de venta de combustibles atenderán desde las 6 de la mañana hasta las 6 de la tarde entre el 01 de agosto hasta el 01 de septiembre del 2020.

Control de Fronteras Municipal

Así mismo la fuerza pública controlará el ingreso de vehículos y personas en los diferentes puntos de acceso a la ciudad impidiendo la entrada a vehículos y personas cuyas actividades o razón social no se encuentren contempladas en las excepciones contenidas en el decreto 1076 del 2020 obligándolas a retornar a su ciudad o lugar de origen él no acatamiento a la autoridad competente dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en el artículo 12 de la norma antes señalada.

Implementación del Pico Cédula y Genero

implementar un pico cédula y género obligatorio, para actividades de comercio esenciales, para evitar aglomeraciones en la compra de alimentos en el mercado público, supermercados, minimercados y graneros, empresas prestadoras de pago de envíos y recibos de giro, casa de cambios y demás comercio de actividades esenciales habilitados para ofrecer sus servicios al público a partir del día 3 de agosto del 2020 hasta el 01 de septiembre del 2020 en el horario de 7 de la mañana a 5 de la tarde.

Atención sólo mujeres de 7 de la mañana a 12 del mediodía y atención sólo hombres de 12 del mediodía a 5 de la tarde para los números de cédulas terminadas en el último dígito de acuerdo al Pico Cedula y Genero vigente.

Pico Cédula y Genero

lunes 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8, viernes 9 y 0 sábados y domingos sólo domicilios

Implementar un Pico Cédula y Género obligatorio para actividades de comercio no esenciales

para evitar aglomeraciones en la compra de mercancías y productos no esenciales: ferretería almacenes de textil y confecciones, calzados, cacharrerías y misceláneas distribuidores de equipos y accesorios para celular y demás comercios autorizados para ofrecer sus servicios al público a partir del día 3 de agosto del 2020 hasta el 01 de septiembre del 2020 en el horario de 8 de la mañana a 4:00 de la tarde.

Atención sólo mujeres de 8 de la mañana a 12 del mediodía y atención sólo hombres de 12 del mediodía a 4 la tarde, para los números de cédulas terminadas en el último dígito de acuerdo con el cuadro estipulado del pico cédula y género.

Atención de Bancos y Entidades financieras

implementar un pico cédula y género obligatorio para la atención de bancos y entidades financieras a partir del 3 de agosto, hasta el 01 de septiembre del 2020 en el horario de apertura del establecimiento hasta las 4:30 de la tarde.

Atención sólo mujeres de 8 a 11 de la mañana atención sólo hombres y de 1pm a 4:30, para los números de cédulas terminadas en el último dígito de acuerdo al pico cédula y género estipulado.

Cajeros Electrónicos

los cajeros electrónicos quedarán habilitados las 24 horas, pero las personas deberán al momento de utilizarlos, posteriormente al horario establecido, demostrar una situación de emergencia que justifique su presencia en el cajero y de no hacerlo así recibirán las sanciones pertinentes.

Los Festivos del mes de agosto

para evitar traumatismos y aglomeraciones se autoriza a las entidades bancarias o financieras la atención al público posterior a los días festivos de la siguiente manera último dígito de cédula correspondiente al día festivo viernes 7 de agosto de 2020 se atenderán cédulas terminadas en dígitos 9 el día lunes 10 de agosto del 2020.

las terminadas en el dígito cero el día martes 11 de agosto del 2020 hasta atención posterior al día festivo lunes 17 de agosto del 2020 se atenderán cédulas terminadas en el dígito 1 y el día martes 18 de agosto del 2020 y las terminadas en dígito 2, el día miércoles 19 de agosto del 2020 de acuerdo al horario de atención de hombres y mujeres previamente indicado

La Tiendas de Barrio

por su parte las tiendas de barrio atenderán al público de lunes a domingo hasta las 6 de la tarde y deberán promover y priorizar las entregas a domicilio, cumpliendo con todas las medidas de bioseguridad y bajo ninguna circunstancia podrán especular con los precios de los productos so pena de la aplicación de las medidas y sanciones pertinentes por parte de la inspección de precios y medidas y defensor del consumidor de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.

la ciudadanía podrá reportar irregularidades al correo electrónico protecciónconsumidor@ciénaga Magdalena.gob.com

Droguerías y Farmacias

las droguerías y farmacias por su carácter de servicio esencial, podrán atender al público dentro del horario de funcionamiento señalado por cada establecimiento comercial, debiendo priorizar las entregas del medicamento mediante el servicio de domicilio.

Apertura al Público de Actividades Comerciales Esenciales

Se autoriza la apertura al público de los siguientes sectores del comercio esenciales, supermercados, graneros, depósitos, minimercados, distribuidoras de productos lácteos carnes huevos, pollo y queso, venta de productos alimenticios en general: Veterinarias, distribuidoras de alimentos para animales y mascotas, actividades profesionales técnicas y de servicio en general.

Restaurantes y Ventas de Comidas

Los restaurantes establecimientos de comidas rápidas y asaderos permanecerán cerrados y sólo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico Por entrega a domicilio o por entrega para llevar.

Atención al público de manera presencial de las actividades comerciales no esenciales

Venta al por mayor y detal de ferreterías, depósito de materiales de construcción, materiales eléctricos, productos de vidrio y pintura, locales de reparación y mantenimiento de computadores,  equipos periféricos, equipos de comunicación electrónico y óptico, establecimiento de comercio de venta de equipos y accesorios para celulares y planes de los mismos, comercio al por menor de combustible, lubricantes, aditivos y productos de limpieza para automotores, comercio de libros, periódicos, materiales y artículos de papelería y escritorio, comercio al por mayor y por menor de vehículos automotores, motocicletas y repuestos para los mismos, almacenes de compraventa de accesorios, repuestos de bicicletas convencionales y piezas y accesorios, el comercio al por mayor de muebles y enseres domésticos, comercio al por mayor y por menor incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias, almacenes de textiles confecciones calzado cacharrería y Miscelánea, peluquería, almacenes de compra venta, lavadero de autos, parqueaderos públicos de vehículos, las empresas del sector minero públicas o privadas y plantas industriales, cámara de comercio.

La Comisaria y La Inspección única de Policía

EL funcionamiento de la comisaría de familia y la inspección única de la policía ciénaga, se habilita la atención a los usuarios de las dependencias públicas del municipio descritas en el presente artículo a partir del 01 de agosto del 2020 previo cumplimiento por parte de funcionarios y público en general, de los protocolos y medidas de protección y bioseguridad.

La comisaría de familia y la inspección única de policía, atenderán al público en el horario entre 8 de la mañana a 12 del mediodía y deberá promover de acuerdo a las herramientas tecnológicas disponibles el servicio de atención virtual a los usuarios, las dependencias habilitadas para atención al público adoptaran el protocolo de bioseguridad para mitigar y controlar el adecuado manejo de la pandemia covid-19, de acuerdo a La regulación que para tal fin formule la secretaría administrativa municipal en el marco de las directrices que establezca el Ministerio de salud y protección social y demás normas que para tal fin emita el Gobierno Nacional.

Obras y Construcciones

se autoriza la apertura y ejecución de obras de construcción y civiles y la remodelación de inmuebles así como el suministro de materiales e insumos exclusivamente destinados a la ejecución de las mismas no obstante las compañías constructoras consorcio Unión temporal personas jurídicas y naturales y contratistas deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad para mitigar y controlar el adecuado manejo de la pandemia covid-19 con el visto bueno validación y aprobación decides de la Secretaría de Salud Municipal de acuerdo a los lineamientos que establezca el Ministerio de salud y protección social.

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