Gobierno Tete Samper, adoptó medidas para controlar la propagación de la Covid-19 en Ciénaga

El alcalde Luis Alberto Tete Samper a través del decreto N°. 145 de 05 de marzo del 2021, acata las disposiciones e instrucciones impartidas por el Gobierno Nacional en el Decreto N° 206 del 26 de febrero de 2021.

Así mismo, dictan otras medidas para la conservación del orden público, seguridad y la preservación de la vida y la salud en el municipio de Ciénaga-Magdalena en el marco de la declaratoria de pandemia mundial por la propagación del Covid-19.

Es importante aclarar que, los actos administrativos regulatorios tienen por objeto establecer medidas de prevención y mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causado por el COVID-19, por lo cual, fue remitido al correo electrónico covid19@minterior.gov.co del Ministerio del Interior para su validación de acuerdo a la articulación y coordinación que se deben implementar con las directrices dispuestas por el Gobierno Nacional.

Las medidas adoptadas por la administración municipal ´Ciénaga Avanza de la Mano con el Pueblo´ son:

1.    Prohibido el consumo de bebidas embriagantes a partir del día 1 de marzo de 2021, hasta el 1 de junio de 2021.

Por otro lado, no se prohibido el expendio, ni el consumo en restaurantes de bebidas embriagantes, como tampoco su comercialización a través de plataformas digitales o domicilios a excepción en las fechas en que se encuentre vigente la ley seca.

2.    Horario de atención del comercio esencial y no esencial de lunes a sábados de 07:00 a.m. a 07:00 p.m.; domingos y festivos de 07:00 a.m. a 04:00 p.m.

3.    La atención al público de establecimientos de comida rápida es de lunes a domingo desde las 04:00 p.m. a 10:00 p.m.

4.    Se autoriza el funcionamiento de los gimnasios de lunes a domingos de 05:00 a.m. a 08:00 p.m.

5.    Los hoteles para atender al público deberán cumplir con los protocolos y medidas de bioseguridad contenidas en los decretos 1285 y 666 de 2020 modificado por el decreto 223 de 2021 expedidos por el Ministerio de Salud y Protección social.

6.    Las iglesias y cultos religiosos recibirán a los asistentes de acuerdo al horario establecido, el aforo máximo autorizado es del 30% de la capacidad del recinto.

7.    Se autoriza el funcionamiento de casinos, bingos, y terminales de juegos de lunes a domingos de 9:00 a.m. a 10:00 p.m.

8.    Se Autoriza a las asociaciones recreativas y deportivas, escuelas deportivas, fundaciones, comunidad y deportistas de alto rendimiento el uso de canchas de fútbol y escenarios deportivos para prácticas y ejercicios físicos de carácter individual.

Cabe anotar que, deben solicitar el permiso ante la Secretaría de Salud y Desarrollo Social a través del correo electrónico secsalud@cienaga-magdalena.gov.co, para validación de los protocolos de bioseguridad de conformidad con los lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social y directrices del Ministerio del Deporte.

9.    Se garantiza la circulación de vehículos (buses, busetas y/o vehículos especiales) afiliados a empresas de transporte público intermunicipal, y deberán operar con los lineamientos y protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Transporte Nacional.

10. Las personas que practiquen ejercicios físicos deberán cumplir con las medidas de bioseguridad, uso obligatorio de tapabocas, gel y/o desinfectantes y conservar el distanciamiento físico, mínimo de dos metros entre personas y desinfectar los elementos a utilizar como barras y aparatos de gimnasios instalados en parques y sitios públicos.

11. Alternancia Educativa. Una vez superado el alto pico de contagios que actualmente se reportan en el municipio, y la E.S.E. Hospital San Cristóbal y La Fundación Policlínica reporten una ocupación menor al 50% de camas UCI, la Secretaría de Educación Municipal, procederá a verificar y validar los protocolos de bioseguridad radicados por la instituciones educativas públicas y privadas con el fin de contemplar la viabilidad del regreso a clases de estudiantes mediante el modelo de alternancia educativa para el segundo semestre del año 2021.  

De igual forma, gobierno municipal expidió el decreto N°. 146 del 05 de marzo del 2021, por medio del cual se ordena toque de queda, ley seca, cierre de playas, y se dictan otras disposiciones para el fortalecimiento de la seguridad, conservación del orden público y preservación de la vida de los cienagueros.

Toque de queda desde el 5 de marzo al 1 de junio de 2021, es decir, queda prohibido la libre circulación de personas de 10:00 p.m. a 05:00 a.m. 

Ley seca, prohibir la venta, el consumo y distribución de bebidas embriagantes, los fines de semana, del día viernes al día lunes, durante el periodo comprendido entre el 5 de marzo al 4 de abril de 2021, a partir de las 06:00 p.m.  del viernes hasta las 06:00 a.m. del lunes.

Cierre de playas, prohibido el ingreso de bañistas al mar, ríos y aguas termales desde las 06:00 a.m. del 6 hasta las 06:00 a.m. del 8 de marzo del 2021.

Prohibido la circulación de vehículos automotores, motocicletas, motocarros, bicicletas, triciclos (tipos bici), en la Plaza del Centenario a partir de la 06:00 p.m. del 12 hasta las 06:00 a.m. del 15 de marzo de 2021 y desde las 06:00 p.m. del 19 hasta las 06:00 a.m. del día 22 de marzo de 2021. 

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